CESARION
PREMIER
El MEF y la SUNAT se han venido preparando desde inicios del Gobierno. Ya tienen listo un paquete. Para soltarlo han pedido facultades legislativas al Congreso. Seguro que se las darán. El proyecto de ley que lo autoriza ya se presentó http://www2./Sicr/TraDocEstProc/CLProLey2011.nsf (ver ingreso 7 de mayo, Proyecto No. 1091/2011-PE). Se ha pedido que su trámite sea urgente. Rapidito será. ¿Qué trae?
1. No habrán más impuestos. Eso es lo que dice el proyecto para calmar las aguas. Puede que técnicamente sea cierto y que no se creen nuevos impuestos. Pero el proyecto autoriza expresamente a ampliar el ámbito del Impuesto a la Renta. Esto es, gravar con un impuesto viejo lo que antes no estaba gravado. Financieramente sí habrá más impuestos. ¿Para qué jugar con las palabras?
2. No se tocarán las exoneraciones. Pero esa autolimitación sólo se refiere a las de carácter geográfico regional. Esto es la Amazonia, las zonas de frontera y las zonas alto andinas. O sea, aquellas cuyos afectados pueden pitear y tomar carreteras. Todas las demás exoneraciones, las concedidas para promover inversión privada, serán revisadas. ¿Las eliminaran antes del vencimiento de los plazos concedidos? ¿Y la seguridad jurídica?
3. Una ley marco que regule exoneraciones futuras. Bien pensado, pero no sirve. Ha habido varias leyes marco de este tipo y, cuando ha convenido, el Congreso las ha dejado de lado y ha creado excepciones o beneficios mediante leyes ordinarias, que requieren una mayoría simple (34 votos, a veces menos). Para que no sea tan fácil modificar una ley marco debería tener un rango superior, como el de las leyes orgánicas, que para ser modificadas requieren una mayoría calificada (66 votos). Pero estas son palabras mayores. Se requeriría de una modificación constitucional que no está en agenda. ¿Un fracaso más no importa?
4. ¿Do you think in English? En adelante, los contribuyentes deberán probar que los hechos declarados tienen una lógica económica. Si sólo se han realizado para obtener ventajas tributarias, serán acotados. Es lo que en el derecho anglo sajón se conoce como la prueba del propósito del negocio (business purpose test). Pero eso ni es tan nuevo ni es tan ajeno. Hace 15 siglos, en el Digesto de Justiniano (primera recopilación de normas del imperio romano), se estableció la regla de que las cosas son lo que son y no lo que las partes dicen que son. Hace 5 siglos, los contadores empezaron a registrar las operaciones por su contenido económico y no por su forma legal.
Sin embargo, en el Perú hemos mantenido una cultura en lo que importa es lo que las partes dicen. Las pruebas son papeles, documentos, actas, facturas, contratos. Eso cambiará. Se trata de una revolución profunda de nuestra cultura jurídica. Algo se ha venido modificando en los procesos penales y laborales en los que la interacción en vivo y en directo de las partes con el juez, los peritos y los expertos es más importante que las montañas de papel que hoy forman los expedientes. Algo como así como Law & Order de las series por televisión. ¿Se viola la seguridad jurídica? No. Los hechos son lo que son. Sólo que tendremos que aprender nuevas técnicas para aprobar y demostrar, porque los papeles no prueban por si solos. Tampoco será suficiente conocer sólo la ley. Será necesario conocer y dominar la lógica de los negocios. Eso demanda esfuerzo intelectual. Toda modernización cuesta.
5. Hablando de procesos. También se anuncian cambios radicales en el Tribunal Fiscal y en los procedimientos. Ya era hora. Hoy los procesos duran como 7 años. No es una exageración. Ese es el tiempo que demora saber si se debe o no una acotación tributaria. Malo para el fisco, porque cobra tarde. Malo para el contribuyente, porque paga multas e intereses que quintuplican la deuda inicial. Malo para todos, porque ese plazo tan largo permite a los delincuentes levantarse en peso a la empresa y, al final, la SUNAT no tiene a quién cobrar. Que los procesos sean ágiles es una condición para que la reforma tenga éxito. Hay que modernizar este tema también.
6. De todo un poco. Habrá leyes ómnibus, o sea, que traerán de todo. Mayor represión para el fraude tributario. Más y mayores penas para los delitos tributarios y aduaneros. Reformas en los procesos aduaneros para cumplir los cambios exigidos en los TLCs. Ajustes técnicos en el Código Tributario, Impuesto a la Renta, Impuesto General a las Ventas y en el Impuesto Temporal a los Activos Netos. ¿Más de lo mismo? Habrá que ver, pero no lo creo. El MEF y la SUNAT se han preparado bien mucho tiempo. Habrá más chamba para los tributaristas. ¿A quién doy gracias?
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1. No habrán más impuestos. Eso es lo que dice el proyecto para calmar las aguas. Puede que técnicamente sea cierto y que no se creen nuevos impuestos. Pero el proyecto autoriza expresamente a ampliar el ámbito del Impuesto a la Renta. Esto es, gravar con un impuesto viejo lo que antes no estaba gravado. Financieramente sí habrá más impuestos. ¿Para qué jugar con las palabras?
2. No se tocarán las exoneraciones. Pero esa autolimitación sólo se refiere a las de carácter geográfico regional. Esto es la Amazonia, las zonas de frontera y las zonas alto andinas. O sea, aquellas cuyos afectados pueden pitear y tomar carreteras. Todas las demás exoneraciones, las concedidas para promover inversión privada, serán revisadas. ¿Las eliminaran antes del vencimiento de los plazos concedidos? ¿Y la seguridad jurídica?
3. Una ley marco que regule exoneraciones futuras. Bien pensado, pero no sirve. Ha habido varias leyes marco de este tipo y, cuando ha convenido, el Congreso las ha dejado de lado y ha creado excepciones o beneficios mediante leyes ordinarias, que requieren una mayoría simple (34 votos, a veces menos). Para que no sea tan fácil modificar una ley marco debería tener un rango superior, como el de las leyes orgánicas, que para ser modificadas requieren una mayoría calificada (66 votos). Pero estas son palabras mayores. Se requeriría de una modificación constitucional que no está en agenda. ¿Un fracaso más no importa?
4. ¿Do you think in English? En adelante, los contribuyentes deberán probar que los hechos declarados tienen una lógica económica. Si sólo se han realizado para obtener ventajas tributarias, serán acotados. Es lo que en el derecho anglo sajón se conoce como la prueba del propósito del negocio (business purpose test). Pero eso ni es tan nuevo ni es tan ajeno. Hace 15 siglos, en el Digesto de Justiniano (primera recopilación de normas del imperio romano), se estableció la regla de que las cosas son lo que son y no lo que las partes dicen que son. Hace 5 siglos, los contadores empezaron a registrar las operaciones por su contenido económico y no por su forma legal.
Sin embargo, en el Perú hemos mantenido una cultura en lo que importa es lo que las partes dicen. Las pruebas son papeles, documentos, actas, facturas, contratos. Eso cambiará. Se trata de una revolución profunda de nuestra cultura jurídica. Algo se ha venido modificando en los procesos penales y laborales en los que la interacción en vivo y en directo de las partes con el juez, los peritos y los expertos es más importante que las montañas de papel que hoy forman los expedientes. Algo como así como Law & Order de las series por televisión. ¿Se viola la seguridad jurídica? No. Los hechos son lo que son. Sólo que tendremos que aprender nuevas técnicas para aprobar y demostrar, porque los papeles no prueban por si solos. Tampoco será suficiente conocer sólo la ley. Será necesario conocer y dominar la lógica de los negocios. Eso demanda esfuerzo intelectual. Toda modernización cuesta.
5. Hablando de procesos. También se anuncian cambios radicales en el Tribunal Fiscal y en los procedimientos. Ya era hora. Hoy los procesos duran como 7 años. No es una exageración. Ese es el tiempo que demora saber si se debe o no una acotación tributaria. Malo para el fisco, porque cobra tarde. Malo para el contribuyente, porque paga multas e intereses que quintuplican la deuda inicial. Malo para todos, porque ese plazo tan largo permite a los delincuentes levantarse en peso a la empresa y, al final, la SUNAT no tiene a quién cobrar. Que los procesos sean ágiles es una condición para que la reforma tenga éxito. Hay que modernizar este tema también.
6. De todo un poco. Habrá leyes ómnibus, o sea, que traerán de todo. Mayor represión para el fraude tributario. Más y mayores penas para los delitos tributarios y aduaneros. Reformas en los procesos aduaneros para cumplir los cambios exigidos en los TLCs. Ajustes técnicos en el Código Tributario, Impuesto a la Renta, Impuesto General a las Ventas y en el Impuesto Temporal a los Activos Netos. ¿Más de lo mismo? Habrá que ver, pero no lo creo. El MEF y la SUNAT se han preparado bien mucho tiempo. Habrá más chamba para los tributaristas. ¿A quién doy gracias?
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