Tener cuidado como clientes. Concurran a prostíbulos debidamente autorizados o legales, y no se metan con menores de edad, además tampoco hagan sexo en NCs, saunas o locales los cuales NO tienen autorización para esa actividad; y si tranzan con una kine, asegúrense que no tenga cafetal o el dueño del local no cobre un porcentaje a la kine por el servicio sexual que da la nena, allí sí los pueden involucrar porque ustedes están siendo implicados en el caso como clientes, es algo así como si sería una apología a la explotación sexual.
La Ley Nº 30963, publicada en El Peruano el 18 de junio, incorpora varios artículos en el Código Penal, siendo el que puede interesar más el siguiente:
Artículo 153-E. Cliente de la explotación sexual
El que, mediante una prestación económica o ventaja de cualquier naturaleza, tiene acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal o realiza otros actos análogos introduciendo objetos o partes del cuerpo por alguna de esas vías con una víctima de explotación sexual será reprimido con pena privativa de libertad no menor de nueve ni mayor de doce años.
La Ley de marras tiene el propósito de erradicar la explotación sexual de la mujer y del menor de edad, y al parecer hasta de los brokolys (ya que pueden ser adolescentes que están inmersos en el tema o problemática). Más aún, en que éstos últimos tiempos, la violencia contra la mujer se ha tornado más continuo en el país; entonces los legisladores y los entes involucrados en el tratamiento de esta problemática (Fiscalía, Policía, Jueces, etc.), están tratando de proteger a la mujer y a los menores vulnerables en sus situaciones y derechos, con la dación de leyes como esta que comentamos.
Saludos cordiales.