Hola a todos:
Discrepo del parroquiano especialista en comercio exterior. El delito de parte de los parroquianos solo está si tienes relaciones sexuales con UNA MENOR DE EDAD(LO CUAL ESTE FORO NI NADIE RECOMIENDA NI FOMENTA, busquen de 18 para arriba). No es delito pagar por tener sexo con una mayor de edad. En segundo lugar, el medio probatorio no puede ser la filmacion del acto de intercambio monetario(que además sería casi imposible entrar justo en ese momento) pues el tipo penal sanciona a quien tiene relaciones sexuales con una menor de 18, no al que paga. Sí, pagué ¿¿y qué??, no tu ibas a tener relaciones sexuales, sí tal vez pero nunca se concretó, por ende no se configuró el tipo penal. Requerirías mayores elementos que el simple acto de pago para que siquiera digas que es tentativa.Por ejemplo te encontraron en calzoncillo dentro del cuarto con la MENOR DE EDAD.Ahi no se consumó por la intervención policiaca pero sí es tentativa al evaluar el contexto(indicio mas no medio probatorio). Distinto sería que estés en la salita esperando, ahí no hay tentativa de nada, pues tu mismo pudiste retirarte. Parece que el cofrade lo está relacionando con otro tipo penal que son los de corrupción. Por ejemplo es típico que a un funcionario lo graben en el momento de recibir la coima. Y la filmación de ese acto o el encontrar dinero marcado en su bolsillo sí es prueba pues el tipo penal sanciona a quien recibe dinero. El tipo penal solo se configura si tienes relaciones sexuales, puede ser que haya pagado, esté esperando afuera y decide irse y asi nunca se concreta. En tercer lugar, sí pueden filmar actos de coima, pero no pueden filmar las relaciones sexuales.Pues ese medio probatorio en principio sería ilícito por vulnerar el derecho fundamental a la intimidad y por ende no sería admitido en juicio. En cuarto lugar, recuerda que quien tiene que probar que tuviste relaciones sexuales(si pretenden imputarte violación de menores) es el fiscal, no es la tarea del parroquiano. Dices que tuve relaciones con una menor , pruébalo!!! has tu tarea!!. Toda persona tiene el derecho fundamental a quedarse callado(recuerdas a VLADIMIRO MONTESINOS, IGUALITO).
En quinto lugar, estos operativos van dirigidos a quienes realizan trata de personas. El parroquiano a lo mucho pasará un mal rato. En sexto lugar, si te encuentran teniendo relaciones sexuales con una kine mayor de edad no es delito en ningún país democrático. NO BUSQUES TAN CHIBOLAS si no quieres problemas, pues podría ser que tenga 17 y no 18 como dice. CUIDADO!ahi si es delito y eso de no sabia o me engañaron no sirve, simplemente fuiste. Está bien que se defienda el sistema, el debido proceso, derechos fundamentales y sus instituciones ,pero tampoco te pases de pendenciero pues ahí nadie te salva.
nota:: La FLAGRANCIA no se da en el acto de pago en el tipo penal violacion de menores, se da si te chapan teniendo relaciones sexuales con una menor de edad ,solo ahi hay flagrancia.
MIGUEL22