1) Lee bien lo que escribes, la idea de "regalar" dinero en el negocio bancario es robar.
Fijate bien lo que escribes.
Ninguna idea es robar.
Un mal préstamo es cartera negra y cuando es pesada se responde con los activos.
Esto si no logro entenderte, pero me gustaría que me aclares para dar mi opinión.
2) ¿Qué partes no entiendes sobre la necesidad de los rescates bancarios? No puedes dejar quebrar un banco porque generas un efecto domino en el sistema financiero. No regalas el dinero, usas el fondo de compensación que se crea del encaje legal al que están obligados los bancos a retener. La ley asegura al ahorrista un porcentaje por encima del 50% de sus ahorros así como se privilegian los derechos de los trabajadores.
Como ya te hice ver, los bancos tienen privilegios tributarios, pero si encima de esos privilegios, les vas a regalar mas dinero, que negocio es ese???
3) Extraño consejo, no existe la quiebra de las personas naturales en la ley peruana. Sólo pueden quebrar las personas jurídicas. Hace unos meses asistí a una conferencia donde tocaron ese tema porque es función de INDECOPI y la ausencia de la quiebra de las personas naturales es un vacío imperdonable de la ley peruana.
Si pagaste por esa conferencia, te estafaron.
Si fue gratis, perdiste tu tiempo.
Te voy a explicar.
Los que no pueden ser declarados en quiebra son las """PERSONAS NATURALES SIN NEGOCIO""", pero si pueden ser declarados en quiebra las """PERSONAS NATURALES CON NEGOCIO"""
Lo que pasa es que estas confundiendo empresa con sociedad.
1.- Las empresas pueden ser personas jurídicas (SA, SAC, SRL etc etc. Tambien, la EIRL)
2.- Tambien existe la EMPRESA UNIPERSONAL (Simplemente es una PERSONA NATURAL CON NEGOCIO)
En AMBOS CASOS si pueden ser declarados en quiebra.
Cuando una persona natural te dice """MI EMPRESA""" , no necesariamente debes pensar en una SA, SAC, EIRL, etc etc, tambien debes pensar en una """EMPRESA UNIPERSONAL"""
4) No confundas papas con camotes. La función del BN está determinada por ley, la banca comercial es otra historia. El Estado peruano no es intervencionista, sólo supervisa y regula el funcionamiento de las actividades económicas. Las actividades económicas del Estado se rigen por ley sobre la materia, y existe como supletoria a la del sector privado o en regiones donde no llegan las empresas privadas.
Cuando cualquier a cualquier persona le va mal en su negocio, en caso de deudas tributarias, la SUNAT le embarga y luego procede a rematarla, o a darle otro destino, si pierde su patrimonio debe declararse en liquidación.
Si al BANCO le va mal, no debe darse el mismo trato???
Me parece que tratas de decirme que aun cuando el banco está jodido, hay que cargar con sus ineficiencias???
La muertetetete
Si el sector privado no puede, """pos hombre""" que lo haga el estado.
5) Los bancos son como los empleados de la sección visas de la Embajada USA, prestan a quién porque amanecieron de buen humor y no lo hacen a quienes teniendo solvencia no les gusto su cara. Es motivo de queja a INDECOPI según la Ley de Servicios Financieros. En todo caso el negocio del banco es mover la plata. Siempre hay otro al lado. Los criterios de evaluación crediticia suelen ser arbitrarios, en eso te doy la razón.
Si ellos manejan los créditos como le guste, eso no podemos meternos ni tu ni yo.
Pero con la misma libertad, si fracasan, no debemos asumirlo ni tu ni yo.
Asi de simple.