Yo podría descender a su nivel, pero no es mi estilo polemizar con un cofrade de manera grosera y en los términos que Ud. emplea. Respecto a la respuesta que le doy al cofrade Acontrolremoto (y él lo ha entendido así, lamentablemente Ud. no entiende), sería en el caso hipotético y negado que me hubiese adjetivado. Como es hipotético, no existe.
Se ve que no lo has leído a Aldo Mariategui, para saber la cantidad de insultos, groserias, adjetivos, especulaciones, descalificaciones, discriminaciones, que el tiene para los demás, que lo ponen de un mal ejemplo de periodismo, de un nivel bajo. Acá estamos hablando del periodista AM. Es fácil darse cuenta que debemos condenar ese tipo de periodismo que transmite violencia, discriminación,
el no es acontrolremoto, el no es pedro de los palotes, el es un director de un diario de un periódico, un comunicador, un periodista en las cuales tiene un poder de comunicación al publico en general.
Con respecto del “hipotético caso”, tu corrección según tu que me haces, esta equivocado por que no hay nada de eso, otra ves te repito, puse el signo de interrogación “?”, que es igual a la especulación que hace AM de Magaly Solier “¿Sera lesbiana”? , y te repito el no concluye que Magaly es lesbiana, y del mismo modo yo
no concluyo que eres homosexual , pero si especula.
A quien no le molestaría que especulen de ti eso, o podría decir de la misma manera será ladron?, será un cabron?, será terrorista? Es un retrasado mental? es un burro? (fíjate el signo de interrogación )
Y cualquiera que sea, para especular de alguien, que resulta
netamente ofensivo y agresivo para con el o con ella, ( en el caso de Magaly solier pone a duda su opción sexual), debe tener serios y razonables indicios para mandarlo en un periódico de comunicación masiva.
Y tal como en el ejemplo: como hizo acontrolremoto sin tener indicios de nada y pone a duda la opción sexual de Calombrocho, ¿que argumentos tiene Acontrolremoto y lanzarse así y especular de Calombrocho es un homosexual? Nada al igual que AM para con Magaly Solier. Nada.
Debe de haber argumentos serios no como en el ejemplo de Calombrocho que dice “acontrolremoto parace gay” ya que su argumento es que acontrolremoto no se juega ningún ranking de una kine , jaja, como si todos las mujeres del mundo son kines y el que no se atiende con ellas, ya parece gay u homosexual.
Claro y ahora lo lanzo en mi periódico y esbozo mi “opinión” ya que es mi hipotética afirmación
Los dos ejemplos son de cómo AM utiliza de la misma forma de especulación para con Magaly Solier.
Pero no es la única forma de AM de transmitir lo que piensa, también lo utiliza en el verbo “ser” (en el modo indicativo “es”

tal como dice Calombrocho.
AM dice:
- «[A los guías de turismo] A esos imbéciles les he escuchado cada cosa delante de los turistas españoles que he sentido vergüenza ajena y aplaudo la paciencia de éstos, que simplemente les sonríen, compasivos».
Es uno de lo ejemplos y vienen mas…
Respecto al tema principal. Como ha quedado claro la diferencia entre emitir una opinión e injuriar, recalco -una vez más-, que si AM traspasa la legalidad o invade un derecho de los demás, sería el primero en estar contra de él. El sabe jugar al filo del reglamento, por eso es bien difícil que lo pillen, pues no parece tan gil como su cacharro lo insinúa…
Si transgrede un derecho a los demás. Un ejemplo es el caso de Hilaria Supa , en la cual su información publicada en su diario el correo constituye una actitud discriminatoria en perjuicio de la condición de quechuahablante de la mencionada representante de Cusco.
Constitución Política del Perú
capitulo I Derechos fundamentales de la persona
2.
A la igualdad ante la ley. Nadie debe ser discriminado por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquiera otra índole.
7. Al honor y a la buena reputación, a la intimidad personal y familiar así como a la voz y a la imagen propias.
Toda persona afectada por afirmaciones inexactas o agraviada en cualquier medio de comunicación social tiene derecho a que éste se rectifique en forma gratuita, inmediata y proporcional, sin perjuicio de las responsabilidades de ley.
19. A su identidad étnica y cultural. El Estado reconoce y protege la pluralidad étnica y cultural de la Nación.
Codigo Penal
Articulo 323.
"DISCRIMINACIÓN
Artículo 323º.- El que, por sí o mediante terceros, discrimina a una o más personas o grupo de personas, o incita o
promueve en forma pública actos discriminatorios, por motivo racial, religioso, sexual, de factor genético, filiación, edad, discapacidad, idioma, identidad étnica y cultural, indumentaria, opinión política o de cualquier índole, o condición económica, con el objeto de anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos de la persona, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de dos años, ni mayor de tres o con prestación de servicios a la comunidad se sesenta a ciento veinte jornadas.
Si el agente es funcionario o servidor público la pena será no menor de dos, ni mayor de cuatro años e inhabilitación conforme al inciso 2) del artículo 36º.
La misma pena privativa de libertad se impondrá si la discriminación se ha materializado mediante actos de violencia física o mental."